Que en fecha 27 de Julio del 2.015, compareció la parte actora ciudadano PEDRO JOSÉ ARISMENDI, asistido del abogado PEDRO ALEJANDO MARSELLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.528, y solicitó la citación de la demandada por medio de Carteles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, lo que fue acordado y librado en fecha 03 de Agosto del 2.015, y en fecha 04 de Agosto del mismo año, fue entregado a la parte actora, tal y como se evidencia al vuelto del folio 15 del expediente, sin que hasta la presente fecha haya constancia en autos de la publicación de dicho Cartel y consignación con intervalos de tres días entre una y otra publicación, con la finalidad de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
Con respecto al lapso con que cuenta la parte actora para retirar, publicar y consignar el Cartel de emplazamiento, La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia de fecha.....