este TRIBUNAL DE EJCUCION PENAL DE LA SECCION ADOLESCENTE EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta Sustituir la Medida De Privación De Libertad, que pesa sobre el sancionado XXXXXXXX, quien fue sancionado a cumplir la medida de privación de libertad por tres (03) y cuatro (04) mese por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el articulo 406 del código penal vigente, y delito contra la propiedad como es el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 ejusdem, en perjuicio XXXXXXXXX (OCCISO), XXXXXXXXX, XXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXX, a la medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conductas. Por el lapso que le queda por cumplir que es de un año (01) y ocho (08) meses.