este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de DIVORCIO fundamentada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil incoada por el ciudadano MEDARDO RAMON SERRANO LAYA, portador de la cédula de identidad N° V-4.952.594, quien estuvo en principio asistido y luego representado judicialmente por los abogados en ejercicio CARLOS JOSE GUTIERREZ G. y SALVADOR GUTIERREZ R., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los N° 5.348 y 138.858, respectivamente, contra su cónyuge la ciudadana MIRIAM DE JESUS ARCIA RENOTT, portadora de la cédula de identidad N° V-5.078.363.