Este Tribunal Penal de Primera Instancias Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 05, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano: JUAN HUGO MARCANO URBANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.215.928, de 44 años de edad, nacido en fecha 31-03-1969, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en: Cachipal, Sector Santa Rosa, cerca de un Quinder Escolar, Municipio Cagigal del Estado Sucre, por la comisión del delito DEGRADACIÓN DE SUELO, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, previsto y sancionado e le articulo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas, de conf.....