este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Con Lugar la solicitud de Reconsideración formulada por la defensa del adolescente XXXXXX, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad XXXXXXX, hijo de XXXXXXXX y XXXXXXXX, domiciliado XXXXXXXXXX, y lo somete a la presentación de cada ocho (8) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literal "C" de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes.