DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Condena: Al ciudadano Jesús Ramón Hurtado Brito, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.294.988, nacido en fecha 04-10-1997, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de Jesús Hurtado y Maryelis Brito, y domiciliado en la Urbanización Canchunchú Viejo, Calle Gran Mariscal, al final, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de Dos (02) años de prisión, más las Accesorias de Ley, por el tiempo que dure la pena principal, por la comisión del delito de Robo Propio en Grado de Tentativa.....