Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. Se desestimó el lucro cesante por no cumplir con los requistos establecidos en el artículo 47 del Reglamento de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, se condenó a la Alcaldía del Municipio Valdez del Estado Sucre, al pago de los DAÑOS A LA PROPIEDAD causados al vehículo conducido por el demandante, ciudadano: Amos benjamin bruces Diaz.