El Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano WILLIAMS LEANDRO SALAZAR LÓPEZ, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 13-12-1980, natural de Cumaná, soltero, de oficio barbero, titular de la cédula de identidad Nº 15.249.055, hijo de Leticia López y Pedro Salazar, residenciado en Las Parcelas, detrás de la clínica Josefina de Figuera, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del.....