DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la Abogada CARMEN LUISA CARREÑO, actuando como Jueza Sexta de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RP01-S-2004-0009278, seguida a los ciudadanos: EDESIO GARCÍA y EDUARDO ACOSTA CARDOZO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de JOSÉ VICENTE CARDOZO HERRERA,
Publíquese, regístrese y bájense las presentes actuaciones al Tribunal de origen a los efectos de las notificaciones respectivas y Su redistribución.-
La Jueza Presidente (ponente)
DRA. YEANN.....