DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección Del Niño y Del Adolescente Del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el Abogado en ejercicio JOSE ANTONIO MORENO MIQUILENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.142, contra la decisión de fecha 25 de Mayo de 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Así se decide.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto recurrido en todas y cada una de sus partes.
TERCERO: Se deja constancia que la presente sentencia ha sido dictada dentro del lapso legal.
CUARTO: Publíquese, incluso en la página Web de este despacho, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.