Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por la ciudadana CARMEN FRANCELINE CAZORLA SALAZAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cèdula de identidad No. 18.214.044, en contra de EL REY DEL PEDAL,C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON TRES CENTIMOS (Bs. 108.777,03)
05/03/2008
19/02/2014
05 AÑOS ,11 MESES Y 15
ANTIGÜEDAD 2009 140,2 45,00 6.309,00
2010 140,2 62,00 8.692,40
2011 140,2 64,00 8.972,80
2012 140,2 66,00 9.253,20
2013 140,2 68,00 9.533,60
2014 140,2 70,00 9.814,00
VACACIONES 2014 2014 109,91.....