este Tribunal Cuarto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de la defensa, de revisión de la medida privativa de libertad que pesa sobre los ciudadanos JORGE JESÚS MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, LUIS VALENTÍN CABEZA GUTIÉRREZ Y LUIS FERNANDO ESPÍN NATERA, y así se decide.