éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, y DECLARA en consecuencia la extinción de la Acción Penal a favor del ciudadano ÁLVARO JOSE HENRÍQUEZ BELLORÍN, venezolano, nacido en fecha 16-02-1980, de 22 años de edad, de estado Civil Soltero, natural de Cumaná, de profesión comerciante, titular de la cédula de identidad N° 15.112.950, de hijo de Luisa Marchán y Antonio Márquez, residenciado en Boca de Sabana, calle la isla, casa Nº 12, Cumaná, Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 46; 49 numeral 7; y 300 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.