Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a Condenar: al ciudadano JOSÉ ARQUÍMEDES VILLARROEL UGAS, venezolano, de estado civil soltero, Cedula de Identidad Nº 21.540.793, fecha de nacimiento 09-10-1975 de 33 años de edad, de profesión u oficio obrero-albañil, hijo de, titular de la Cédula de Identidad N° 14.311.944, hijo de Félida Ugas y Jesús Villarroel, y domiciliado en la Vía Nacional de Yoco, Casa Nº 23, Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la Pena de Cuatro (04) Años de Prisión, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer y último aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en pe.....