este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: SE SUSTITUYE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD en el presente asunto seguido al adolescente "OMISIS; la cual se encontraba cumpliendo de conformidad con lo previsto en el artículo 620, Literal “F”, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en relación con el artículo 628, Parágrafo Segundo, Literal “A”, ejusdem; por la comisión del delito de VIOLACIÓN AGRAVADA, tipificado en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de "OMISIS.
SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, establecida en el artículo 620, Literal “D”, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, contra el adolescente GREGORIO JOSÉ CARREÑO MOYA, ya identificado, incurso en l.....