Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Penal de este Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA ¿SIN LUGAR¿, la solicitud de nulidad y reposición, interpuesta en fecha 28-09-5004, por los apoderados del ciudadano OMAR JOSÉ VERA VELÁSQUEZ.