DECRETA la extinción de la Acción Penal y en consecuencia se DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa seguida a los ciudadanos JOSÉ MIGUEL LEZAMA SALAZAR, venezolano, de 21 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.319.721, de profesión u oficio Estudiante, hijo de los ciudadanos Marvelis Salazar y Miguel Lezama, residenciado en: El Barrio Venezuela, Tercera Calle, casa Nº 217, cerca del Liceo Antonio Lemus Pérez, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0426-982.44.32 y MARWIN JOSÉ SALAZAR RAMÍREZ, venezolano, de 25 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.094.961, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Marvelis Salazar y Mario Salazar, residenciado en: El Barrio Venezuela, Tercera Calle, casa Nº 217, cerca del Liceo Antonio Lemus Pérez, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0424-855.91.55 por la comisión del delito de Lesiones Intencionales Gravísimas en Grado de Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 414 en conco.....