Vista la diligencia anterior de fecha 30/07/2013, suscrita por la ciudadana ROSA TERESA BOLIVAR VERDE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-8.637.933, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS ALEXANDER RIVERO SERRANO e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.818; mediante la cual Desiste del procedimiento en la presente Causa y asimismo solicito que previa certificación en los autos le sean devueltos por secretaria todos recaudos originales anexos al presente expediente; y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma. Este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN al DESESTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Y ordena la devolución de los folios solicitados, previa certificación de los mismos. Ello en virtud del juicio que por RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE LA UNION ESTABLE DE HECHO, intentó la ciudadana.