El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, constituido como Tribunal Mixto actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por decisión unánime en virtud de la falta de pruebas suficientes que desvirtúen la presunción de inocencia y consecuencialmente que acrediten la certeza de la culpabilidad del acusado en los hechos punibles que se le atribuyeses conforme al pedimento de la Defensa Privada, ABSUELVE al ciudadano ALEJANDRO ENRIQUE RIVERO, Venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.125.395, residenciado en la Calle Niquitao, casa n° 28 de esta ciudad de Cumaná y defendido por el abogado Iván Guarache, de los delitos de Desvalijamiento de Vehículo Automotor, Aprovechamiento de Vehículo Proveniente de Robo y Resistencia a la Autoridad, previstos y sancionados en los artículos 3, 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y artículo 219 numeral 1° del Código Penal Venezolan.....