Por lo tanto, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en la citada sentencia, declara DISUELTO el matrimonio contraído por los ciudadanos LUIS BELTRAN FUENTES ROJAS y ANA CECILIA ROMERO FIGUEROA, en el en el Registro Civil Municipal del Municipio Bolívar, Estado Sucre, en fecha veintiséis (26) de mayo del año dos mil dieciséis (2.016).
Cuando la sentencia quede definitivamente firme, a los fines previstos en los artículos 506 y 507 del Código Civil, remítase copias certificadas de la presente decisión, al Registrador Civil Municipal del Municipio Bolívar, Estado Sucre y al Registrador Principal del Estado Sucre.-