En consecuencia, este TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA Dejar sin Efecto la Orden de Aprehensión librada en contra del ciudadano xxx, adolescente para el momento en que se cometen los hechos imputados, xx, de profesión u oficio obrero, en fecha 19 de Marzo del año 2014, por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, para garantizar el curso normal del proceso, por lo que entiende este juzgador que hubo un error involuntario, y que tácitamente la misma quedo sin efecto.