Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 6 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal y CONDENA al ciudadano EDWARD ALEJANDRO BETANCOURT ESPINOZA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.874.696, natural de Cumaná, nacido en fecha 06-03-1994, de 19 años de edad, de profesión u oficio obrero, de estado civil Soltero, hijo de Pedro José Betancourt y Mirian Josefina Espinoza, residenciado en la franja la llanada, Barrio la Democracia, rancho S/N°, cerca de la parada de los cachos, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0412-192.90.18 (teléfono de su padrastro de nombre Rafael Rivas Córdova), por la comisión de los delitos de ROBO GENÉRICO y LE.....