Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos: SILVERIO ANTONIO SUCRE RODRIGUEZ Y YURAIMA DEL CARMEN MARTINEZ, asistidos por el Abogado en ejercicio: JESUS LUIS DÍAZ Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.945., parte demandada en el presente juicio; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Convenimiento.- Y así se decide.-