En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMUDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR La Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: MARIELA COROMOTO MOLINA BEJARANO y HECTOR EDUARDO ROCCA CERMEÑO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.956.355 y V- 11.336.876, respectivamente domiciliada la primera en la carretera Nacional Carúpano- El Pilar, sector El Caro, casa S/N, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y el segundo domiciliado en el Estado Monagas, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio MILANGELA LEON ACOSTA, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 102.807, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía y que contrajeran por ante el Juzgado Segundo de los Munici.....