por todas estas razones, y por requerir el Tribunal de la opinión profesional autorizada; se niega dicha solicitud, hasta tanto haya una nueva evaluación médico forense y sean presentadas las resultas a este Tribunal; y por lo apremiante del caso, administrando Justicia, en Nombre de La República y por autoridad de Ley, este Tribunal, se ordena oficiar a Medicatura Forense, de manera inmediata, para que sea practicada la evaluación Médica, al ciudadano: Andrés Alberto Melchor Villarroel; y se ratifica La Medida De Detención Domiciliaria con Apostamiento Policial, hasta tanto se tengan las resultas de la evaluación médica. Se ordena oficiar a la Comandancia de Policía, para el correspondiente traslado, lo antes posible. Notifíquese a las partes. Así se decide. Cúmplase.
El Juez Segundo De Control
Abg. Ramón J. Ponce