en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara lo siguiente: declara sin lugar el Amparo Constitucional intentado por el ciudadano Abogado LUIS CECILIO PERDOMO FRANCO apoderado judicial de la ciudadana SONIA MOREY, en contra de la Fiscalía Undécima del Ministerio Público en la persona de la Abogada Edith Perdomo, visto los planteamientos expuestos por las partes así como las pruebas que fueron promovidos se evidencia que existe reporte del libro diario llevado por la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, es por lo que considera quien aquí decide que no existió la violación al pronunciamiento alguno.
Por las razones antes expuesta considera este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal actuando en sede Constitucional que la Acción de amparo Constitucional interpuesta debe ser Declarada SIN LUGAR Y ASI SE DECIDE.-