Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos formulada por los ciudadanos VELÁSQUEZ MORILLO JUAN PABLO y CAMPOS VASQUEZ ALEJANDRA JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 16.486.699 y 19.457.088, con domicilio en la Urbanización Las Palomas, Mariguitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre y la segunda en la Urbanización Los Cocalitos. Mariguitar, Municipio bolívar, Estado Sucre