este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el procedimiento mediante el cual se ventiló la pretensión de DIVORCIO fundamentada en las causales Segunda y Tercera del artículo 185 del Código Civil, incoada por el ciudadano SIMON DE JESUS VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.661.762, quien estuvo representado judicialmente por el abogado en ejercicio AUGUSTO RAMON GONZALEZ RAMOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 106.895, contra su cónyuge la ciudadana CRUZ LUNAICY PATIÑO, titular de la cédula de identidad N° V- 12.276.865. Así se decide.