DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado FELIX BENÍTEZ PÉREZ, Juez Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RP01-O-2006-000018, contentiva de acción de Amparo Constitucional en la Modalidad de Habeas Corpus, presentada por el abogado Henry David Rodríguez, en su carácter de defensor Privado del acusado Gonzalo Segundo Quiñones Arenas, en la causa penal que se le sigue al referido acusado por la comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO.-
Publíquese, regístrese, y remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia donde cursa el asunto principal a los de que las presentes actuaciones sean agregadas al mismo, así como.....