Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor del joven adulto OMISSIS, previamente identificado en el texto de la presente decisión; por resultar evidente la extinción de la acción penal por Prescripción de la Acción Penal, en el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 6º del Código Penal Vigente; en perjuicio de la ciudadana IRIS MARGARITA VALDEZ; antes identificada; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, cuya aplicación se hace por remisión expresa del artícul.....