este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos a los adolescentes xxxxxxxx incursos en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en perjuicio de La Colectividad; a cumplir la medida de LIBERTDA ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES a los adolescentes xxxxxxxxxxxxxxxLa presente decisión tiene su fundamento en los artículos 570, 583, 622, 628 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en concordancia con el articulo 620 literal "F" ejusdem. Se ordena al funcionario en.....