Este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, condena al acusado GREGORY JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, Venezolano, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.818.292, de oficio indefinido y residenciado en el Barrio El Valle, Calle Principal, Casa Nro 75 de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO,