En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, que fuera formulada por la Juez Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Sucre y se declara COMPETENTE para conocer de la consulta obligatoria que por INTERDICCION, presentara por la ciudadana MIRIAN DEL VALLE MAITA MARCHAN, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.874.411, en beneficio de su hija ELYN ALEJANDRA REYES MAITA venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-17.909.031.