Este Tribunal Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada recurrente, en contra el auto de fecha treinta y uno (31) de julio mil diecisiete (2017), dictado por el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre, extensión Carúpano; SEGUNDO: De oficio este Tribunal conforme a la garantía constitucional al debido proceso ANULA los autos de fecha treinta y uno (31) de julio mil diecisiete (2017), correspondiente al folio 53 y el auto de fecha cuatro (4) de Agosto mil diecisiete (2017), que corre al folio 55, emitidos por la Jueza del Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre; TERCERO: SE ORDENA a la Jueza del Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre, extensión Carúp.....