Ahora bien, en horas de audiencia del día de hoy 01-02-2016, comparecí ante la coordinación de la unidad de secretaría del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, abogada: Maria Mercedes Pereira Coronado, quien en mi carácter de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal con funciones de Juicio, expongo: Revisada como ha sido la presente asunto el cual es una división de la continencia seguida contra el acusado: WUILMAN RAMÓN VIÑA VILLARROEL, venezolano, de 48 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.456.659; nacido en fecha 28-10-1.967, soltero, obrero, residenciado en el Sector Siete de Enero, vía San Martín, la lagunita, Primera calle, casa S/N, a cinco ranchos de la mata de cotoperí, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE CO.....