Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del imputado: YORVI ORTIZ RUS, venezolano, natural del Vigía Estado Mérida, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.572.949, nacido en fecha 11-05-1.973, de 37 años de edad, de profesión u oficio Chofer, teléfono: 0424-8114719, hijo de Catalina Rus y Rafael Andrés Ortiz, y domiciliado en: Guarauno, Calle Bolívar, casa S/N, Cerca de la posada de los hermanos Amaya, Municipio Benítez del Estado Sucre; por la comisión del delito APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del código penal, en relación con el articulo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano, y se establece como condiciones a cumplir por el lapso de un (01) año, las siguientes: PRIMERO: la sie.....