Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: CON LUGAR la solicitud de transferencia presentada ante este Juzgado, por el JOSÉ ÁNGEL RONDON MARCANO, titular de la cédula de identidad N° 15.289.320 y su Defensor Privado Abg. Carlos Zerpa y en consecuencia se acuerda la transferencia del mismo desde la Fundación Hogar Verdaderamente Libre Venezuela, ubicado en la Vía Barinas ¿ Barinita, Barrio La Paz, Teléfonos 0273-5462988 y 0426-8148819, Barinas, Estado Barinas, hasta el Centro de Tratamiento Comunitario "Lcdo. Piedad Leonor Rodríguez Avendaño", ubicado en el final de la Avenida Universidad, Esquina Calle Bella Vista, Vuelta de Lola, Mérida, Estado Mérida, Teléfono 0274-2441606, 0274-2449600 y 0274-2661606, con la finalidad que continúe allí el cumplimiento de la pena a él impuesta, ratificándose así las condiciones impuestas en fecha 08 de Mar.....