Acuerda el cese de la medida cautelar que le fuera otorgado en fecha: doce (12) de junio del año dos mil nueve (2009) por este tribunal al imputado: RICHARD JESÚS LANZA, venezolano, cédula de identidad Nº 16.315.766, de 27 años de edad, nacido en fecha 01-11-81, natural de Cumaná, hijo de Marta Lanza y Jesús Beltrán Rojas, soltero, cabillero, residenciado en La Montañita, segunda entrada, casa S/N°, detrás de la escuela Bolivariana; Cumaná, Estado Sucre de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide , librese oficio a la Coordinadora de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, Notifíquese a las partes, así se decide cúmplase.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
ABG. MARIA GABRIELA FARIA MORANTE.
LA SECRETARIA,
ABG. ELVIRA GOITIA.-