Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
viernes, 24 de septiembre de 2010
RESOLUCION Nº 010-2010
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

RECTORIA DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 24 de septiembre de 2010

200° y 151°

RESOLUCION Nº 010-2010

Quien suscribe, Abg. ANA DUBRASKA GARCIA, en mi carácter de Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, según designación realizada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 24 de Marzo de 2008, y juramentada en fecha 02 de Abril de 2008, dispone:

CONSIDERANDO

Que el próximo día domingo 26 de septiembre de 2010, se estarán desarrollando en todo el Territorio Nacional, los comicios electorales para elegir a los Diputados a la Asamblea Nacional y Parlamento Latinoamericano.

CONSIDERANDO

Que es indispensable asegurar el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por cuanto existen funcionarios dentro del Poder Judicial del Estado Sucre, que ejercen su derecho al voto en otros estados del país.

RESUELVE

PRIMERO: NO DESPACHAR ni realizar audiencias durante el lapso comprendido entre el 24 y 27 de Septiembre de 2010, ambas fechas inclusive, en los Juzgados adscritos a esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre.

SEGUNDO: Durante el lapso comprendido del sábado 25-09-2010 al lunes 27-09-2010, ambas fechas inclusive, solo asistirán a las sedes de los Tribunales los jueces y funcionarios que hayan sido designados para cubrir la Guardia Electoral. Los Jueces y Presidentes de Circuitos están en la obligación de conceder el permiso a los funcionarios de guardia para que ejerzan su derecho al voto.

TERCERO: A los fines referidos en el particular primero el cronograma de guardia y disponibilidad de los Tribunales, es el siguiente:

TRIBUNALES DE GUARDIA

Nº NOMBRE Y APELLIDO TRIBUNAL TELEFONO

1 ANA DUBRASKA GARCIA JUEZA RECTORA Y JUEZA SUPERIOR DEL TRIBUNAL LABORAL 0414-8028802

2 ADELAIDA FERNANDEZ LIRA JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO - CASANAY 0414-7785707

3 ANTONIO LARA INSERNY JUZGADO MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA - CUMANA 0416-7954382

4 CARMEN ROSALIA MONTAÑO LOPEZ JUZGADO DEL MUNICIPIO CAJIGAL - YAGUARAPARO 0416-0971934

5 FANNY MARTINEZ MARTINEZ JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES MATA - SAN JOSE DE AEROCUAR 0414-1948863

6 IRIS LUISA RONDON MOYA JUZGADO DEL MUNICIPIO MARIÑO - IRAPA 0414-1893202

7 MIGUEL JERONIMO ROJAS TEIJEIRO JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BENITEZ Y LIBERTADOR - EL PILAR 0412-0845740

8 RAFAEL TEODORO CASTILLO JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI - RIO CARIBE 0414-1943806

9 SERGIO ALEXANDER SANCHEZ DUQUE JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMUDEZ - CARUPANO 0414-7046200

10 YNES GUADALUPE MAIZ SALAZAR JUZGADO DEL MUNICIPIO RIBERO - CARIACO 0414-7818484

11 ZULEIMA AGUILERA LEZAMA JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ - GUIRIA 0426-6201632

CUARTO: Según lo establecido en el segundo particular, no se requerirá la presencia física de los Jueces y demás personal administrativo en los Juzgados que no están señalados en el Cronograma; no obstante, los Jueces que no estén de guardia deberán permanecer con sus teléfonos personales encendidos a los fines de su localización por cualquier eventualidad.-

QUINTO: Los Tribunales de Guardia deberán mantener el sistema de Recepción y Distribución de documentos, en Materia de Amparo Constitucional, ello a los fines de no violentar el derecho al acceso a la justicia, para lo cual se consideran habilitados todos los días del periodo antes mencionado.

SEXTO: En cuanto a los Tribunales del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, los mismos se regirán por la Resolución que dictará la Coordinación Laboral del Estado Sucre.

SEPTIMO: En cuanto al Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, los mismos se regirán por la Resolución que dictará la Presidencia del mismo.

OCTAVO: PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE de la presente Resolución en sitios visibles, para el conocimiento de los abogados y público en general que asisten a los diferentes Tribunales que conform
 
Autor:
  Rectoría del Estado Sucre
 
Fecha de Publicación:
  24/09/2010
Pagina Web:
  http://sucre.tsj.gov.ve
Correo Electrónico
  rectoriadelestadosucre@gmail.com
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados