Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
viernes, 26 de marzo de 2010
RESOLUCIÓN Nº 003-2010 COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, veintiséis (26) de marzo de Dos Mil Diez (2010).

199º y 150º



RESOLUCIÓN Nº 003-2010



En atención al contenido del artículo 4 de la Resolución N° 1475, de fecha 03 de octubre de 2003, emanada del Comité de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, quien suscribe, abogada ANA DUBRASKA GARCIA, en mi carácter de Coordinadora del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, según designación realizada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 21 de Febrero de 2006, y juramentada en fecha 15 de Marzo de 2006, dispone:



CONSIDERANDO

Que el Sistema de Administración de Justicia esta regido por los principios contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en resguardo de los derechos y garantías de los ciudadanos y ciudadanas que acceden a nuestra Jurisdicción Laboral, los cuales se materializan a través de una respuesta expedita, transparente y eficaz en la resolución de los casos planteados.

CONSIDERANDO

Que en Gaceta Oficial Nº 39.393, de fecha 24 de marzo de 2010, mediante Decreto Presidencial Nº 7.338, el cual declara días NO LABORABLES, los días Lunes 29, Martes 30 y Miércoles 31 de marzo de 2010, en virtud de la conmemoración de la Semana Santa.



RESUELVE

PRIMERO: NO DESPACHAR en ningún Tribunal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, los días lunes 29, martes 30 y miércoles 31 de marzo de 2010, en los Juzgados que conforman el Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sedes Cumaná y Carúpano, por lo tanto los días señalados deben excluirse del cómputo de los lapsos procesales, así los Términos y lapsos procesales que vencieren en esta fecha se entienden prorrogados hasta el primer día hábil siguiente.



SEGUNDO: COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE la presente Resolución en sitios visibles, para el conocimiento de los Abogados y público en general que asisten a los diferentes Juzgados que conforman este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sedes Cumaná y Carúpano.



Dado, firmado y sellado, en el despacho de esta Rectoría del Estado Sucre. En Cumaná, a los veintiséis (26) del mes de marzo de 2010. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.





__________________________________________________________

ANA DUBRASKA GARCIA

JUEZA SUPERIOR Y COORDINADORA LABORAL DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE



 
Autor:
  RECTORIA DEL ESTADO SUCRE
 
Fecha de Publicación:
  26/03/2010
Pagina Web:
  http://sucre.tsj.gov.ve/
Correo Electrónico
  RECTORIADELESTADOSUCRE@GMAIL.COM
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados