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viernes, 12 de febrero de 2010
RESOLUCIÓN Nº 001-2010 COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, Doce (12) de Febrero de Dos Mil Diez (2010).

199º y 150º



RESOLUCIÓN Nº 001-2010



En atención al contenido del artículo 4 de la Resolución N° 1475, de fecha 03 de octubre de 2003, emanada del Comité de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, quien suscribe, abogada ANA DUBRASKA GARCIA, en mi carácter de Coordinadora del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, según designación realizada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 21 de Febrero de 2006, y juramentada en fecha 15 de Marzo de 2006, dispone:

CONSIDERANDO

Que el Sistema de Administración de Justicia esta regido por los principios contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en resguardo de los derechos y garantías de los ciudadanos y ciudadanas que acceden a nuestra Jurisdicción Laboral, los cuales se materializan a través de una respuesta expedita, transparente y eficaz en la resolución de los casos planteados.

CONSIDERANDO

Que en fecha 12 de febrero de 2010, se recibió circular Nº 007-0210, vía fax suscrita por el Dr. Francisco Ramos, Director de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, mediante la cual se le informa a todo el personal de la Direccion Ejecutiva de la Magistratura y el Poder Judicial en el ámbito nacional que los días lunes 15 y martes 16 de febrero de 2010 serán NO LABORABLES, en virtud de la celebración de los Carnavales.

RESUELVE

PRIMERO: NO DESPACHAR, los días lunes 15 y martes 16 de febrero de 2010 en los Juzgados que conforman el Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sedes Cumaná y Carúpano; por lo tanto los días señalados deben excluirse del cómputo de los lapsos procesales, así los Términos y lapsos procesales que vencieren en esta fecha se entienden prorrogados hasta el primer día hábil siguiente.

SEGUNDO: COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE la presente Resolución en sitios visibles, para el conocimiento de los Abogados y público en general que asisten a los diferentes Juzgados que conforman este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sedes Cumaná y Carúpano.



Dado, firmado y sellado, en el despacho de esta Coordinación del Trabajo del Estado Sucre. En Cumaná, a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil diez (2010). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.





__________________________________________________________

ANA DUBRASKA GARCIA

JUEZA SUPERIOR Y COORDINADORA LABORAL DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE



 
Autor:
  COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
 
Fecha de Publicación:
  12/02/2010
Pagina Web:
  http://sucre.tsj.gov.ve/
Correo Electrónico
  RECTORIADELESTADOSUCRE@GMAIL.COM
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