PRIMERO: VALIDA la Oferta Real y el Deposito propuesto por los apoderados de la Empresa PDVSA PETROLEO S.A., representada por la Abogada DALIA MARIA MAGO MILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.110.485, con domicilio procesal en Cumaná, Estado Sucre, Abogada en Ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 107.618, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de PDVSA PETROLEO S.A, por la cantidad de OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS, (Bs. 88.334,57). En consecuencia, queda liberado de la obligación del pago efectuado en la presente solicitud de oferta real.