En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos CARLOS EDUARDO SALAS RIVAS y MARTINIA DEL CARMEN GARCIAS RIVAS venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédulas de identidad Nros. V.- 18.214.361 y V.- 124.134.146, respectivamente, residenciados en la calle Las Palmas Nº 17 de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, el primero, y la segunda residenciada en la calle La República de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, asistidos en este acto por el ciudadano PEDRO DEL VALLE MOSQUEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V......