Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ ALFREDO CORDOVA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº-5.863.063, contra el ciudadano LUIS CARLOS CORDOVA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº-6.952.808, ambos de este domicilio y en consecuencia declara la NULIDAD ABSOLUTA de los documentos de propiedad sobre un inmueble de dos (02) Plantas constituido por un local comercial en la Planta Baja y un apartamento en la Planta Alta, ubicado en la Avenida Macarapana " Alcides Guevara", Sector la "Chivera de Rebullen", parroquia Macarapana, Municipio Bermúdez del estado Sucre, con una med.....