En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: ELADIO JOSE SANDOVAL y LUZ MARIA ROJAS VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V.- 11.443.118 y V.- 12.289.832, y domiciliados el primero en el Caserío de Queremene de San José, Parroquia San José de Aerocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre y la Segunda en el Barrio Vista al Sol, Parroquia Chirica, Municipio Caroní del Estado Bolívar, asistidos para este acto por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS HERNANDEZ CABRERA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 168.077. de este domicil.....