La doctrina ha establecido, que los Registros Civiles tienen por finalidad servir de fuente de información de los estados de las personas y suministrar medios probatorios de fácil obtención y señalada eficacia para demostrar el estado de las mismas.
Probado como ha sido lo alegado, por lo tanto la presente solicitud de INSCRIPCION DE ACTA DE DEFUNCION, debe prosperar. Y así se decide.
Por las razones expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de INSCRIPCION DE ACTA DE DEFUNCION, interpuesta por el ciudadano ARMANDO JOSE MIRANDA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 5.880.337, correspondiente al Acta de Defunción de su tía, ciudada.....