En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSION DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO de los ciudadanos: YSMAR JOSE CARRERA VASQUEZ Y ROSANGEL DEL VALLE ORDAZ HERNÁNDEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-20.125.857 y V-21.010.953, respectivamente cónyuges entre sí domiciliados el primero en la Urbanización Playa Grande, calle principal, parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, casa s/n, color azul, de rejas blancas, sector virgen del valle, teniendo como punto de referencia la bodega Andricar y la segunda en la Urbanización Playa Grande, sector Los Pitufos, casa s/n, color morado de rejas de aluminio, de.....