En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: BETSY DEL CARMEN NORIEGA DIAZ Y JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ IZAGUIRRE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números. V-6.958.538 y V-5.881.324, respectivamente y domiciliados en la avenida Juncal cruce con calle Las Margaritas, edificio Nordys, piso 01, apartamento 01 en Jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio HECTOR VELASQUEZ MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 38.141, y de este domicilio, quedando en consecuenci.....