III DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley. Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante ciudadano: RODOLFO ALEJANDRO BASTARDO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, Oficial de Policía, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.818.986, domiciliado en la calle El Tamarindo, casa S/Nº, de la urbanización La Florida, sector El Tamarino, de la población de Casanay, Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; Título Supletorio de Propiedad sobre una (1) casa de habitación familiar de las características siguientes: paredes de bloques de cemento frisado, piso de cemento y techo de zinc. Con los compartimientos siguie.....