Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre (EN SEDE CONSTITUCIONAL), Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ha decidido:
PRIMERO: ACUERDA: la medida cautelar innominada solicitada en el Recurso de Amparo interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ ABRALDES, presidente de la presunta agraviada Sociedad Mercantil Consorcio Inversionista Financiero e Industrial C.I.F.E. C.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 588, Primer Parágrafo del Código de Procedimiento Civil y se ORDENA a la ciudadana ANGELICA MARIA GONZALEZ. titular de la cédula de identidad N° V-5.555.941, en su carácter de Representante Legal de la Estación de Servicios Santa Marta C.A., ubicada en la carretera Casanay-Carúpano, sector Santa Marta, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, presunta agraviante, de SUSPENDER.....